dimarts 6 de març de 2007
FOSA COMÚN DE LA SECCIÓN 7ª DERECHA. El Juzgado de Instrucción nº 4 de Valencia ratifica que el ayuntamiento no cometió delito de profanación de tumbas cuando intentó construir 1.030 nichos sobre la Fosa.
"no parece justificada atribuir la naturaleza de bienes históricos a restos humanos no identificados", dice el auto. No hay información sobre si tampoco considera delito el traslado de los restos humanos a Sagunt para ser vendidos como tierra vegetal destinada a obras de consolidación y regeneracion de la muralla del Castillo.
El juzgado de instrucción número 4 de Valencia ha ratificado el auto que en el desestimó que se produjera algún delito en la excavación del área perimetral de la fosa séptima del Cementerio General de la ciudad, según informaron fuentes municipales en un comunicado.
Fuente: http://www.panorama-actual.es/noticias/not220970.htm
PANORAMA-ACTUAL - 02/03/2007 18:47 h.
Según afirmó el concejal de Seguridad Ciudadana del consistorio, Miquel Domínguez, con esta decisión "ha quedado demostrado que no se produjo profanación de tumbas ni alteración de un bien histórico en la excavación de los cimientos de los nuevos nichos".
De esta forma, el juzgado de instrucción número 4 de Valencia ha desestimado el recurso presentado contra el auto dictado el pasado 12 de diciembre por el que quedaban sobreseídas "las acusaciones formuladas contra el Ayuntamiento de Valencia por la excavación accidental de unas fosas cuando se procedía a construir la cimentación de nuevos nichos en el Cementerio General".
Este nuevo auto reseña, según las mismas fuentes, que los recurrentes "no han acreditado que representen legalmente a las personas que inicialmente interpusieron la denuncia contra el Ayuntamiento por un delito de profanación de cadáveres y daños en bienes históricos". Por este motivo, añade, el juzgado ha declarado la invalidez del recurso y deja efectivo el auto que adoptó el 12 diciembre de 2007 en el que determina que no hubo profanación de tumbas ni daños a bienes históricos, sino que lo que se produjo fue "un error sin intencionalidad en la ejecución de la obras".
En cuanto al daño a bienes históricos, el auto dice que "no parece justificada atribuir la naturaleza de bienes históricos a restos humanos no identificados". Al respecto, Domínguez, que fue el responsable de la investigación que el Ayuntamiento instruyó para determinar las causas de este suceso, indicó que los dos autos judiciales "coinciden con el resultado del expediente informativo abierto, en el que se concluía que la excavación de las dos tumbas, situadas en la zona perimetral de la fosa Séptima, fue debida a un error involuntario en la ejecución de la obra".
Miquel Domínguez lamentó que el PSPV y EU "intentaron politizar este suceso tratando de relacionarlo con el revisionismo partidista que están haciendo de la historia". "Un error humano en la excavación fue interpretado malintencionadamente como un profanación de tumbas y un expolio de un bien histórico, algo que evidencia la falta de sensibilidad de la oposición que no dudó en aprovecharse políticamente de algo que no pasó de un involuntario accidente".
|